REFORMA A LA PENSION DE VEJEZ / propuesta ciudadana.

Propuestas para la reforma al régimen de Pensión de Vejez que cursa en el H. Senado.
COLPENSIONES
A •) Cotizacion obligatoria maxima hasta dos (2) salarios mínimos.                            FONDOS PRIVADOS 
B •) Cotizacion obligatoria desde cuatro (4)  salarios mínimos.                                                COTIZACION OBLIGATORIA VOLUNTARIA
C •) La cotización obligatoria de tres (3) salarios mínimos será voluntaria de cotizar en Colpensiones ( 100 % ) o cotizar en  Fondos Privados ( 100 % ).
D •) La pensión de vejez será con cargo a Colpensiones si realizó  la cotización obligatoria voluntaria ( 100 % ) en ésta entidad.  
E •) O la pension de vejez será con cargo al Fondo Privado donde realizó la cotización obligatoria  voluntaria ( 100 % ).
PROHIBICION DE TRASLADOS
F •) No habrá fraccionamiento ni traslado de cotización obligatoria entre Colpensiones y los Fondos Privados.
COTIZACION VOLUNTARIA ESPECIAL
 G •) Adicionar el artículo que estableció la Cotización Mínima de un (1) salario mínimo, con la creación de la Cotizacion Voluntaria Especial de medio salario mínimo ( 50 % ) para los trabajadores de medio tiempo o a destajo o informales u ocasionales.
G-1 •) Esta Cotización Voluntaria Especial NO estará amarrada a la Cotización del Regimen de Salud, por tratarse de trabajadores y trabajadoras sisbenizados subsidiados.
G-2 •) La Cotización Voluntaria Especial se consignará en Colpensiones y generará una  Pension de Vejez Especial del 50% de la Pension de Vejez Minima con cargo a Colpensiones.
Un saludo patríotico ...
IVAN GOMEZ LLERAS

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